lunes, 30 de diciembre de 2013

Seguros que indemnizan la retirada de carnet.

Conducción temeraria, exceso de velocidad... son circunstancias que de golpe y porrazo permiten al juez o a la Administración, quitarte la totalidad de los puntos de tu carnet. De modo que si utilizábamos el vehículo para nuestro trajín diario, para desplazamientos rutinarios... nos hemos quedado sin él, pero no hay que preocuparse en exceso, pues las aseguradoras ya preveían este supuesto.

Contratar una póliza de seguros con la cobertura incluida de indemnización en caso de perdida de carnet por puntos, puede sernos de gran utilidad llegado el momento en que tengamos que hacer frente a tal infortunio. Todos los seguros ofrecen como cobertura tipo, la subvención mensual del privado de carnet, cuya indemnización estándar suele ser de unos 30 euros diarios durante tres meses.

Como requisitos para que el seguro se haga cargo de tal indemnización nos consta:
- Que la retirada de carnet se deba a circunstancias derivadas de la conducción del vehículo, y no a circunstancias ajenas al mismo que inhabiliten al asegurado para conducir su vehículo temporalmente.
- Que la pérdida de puntos acaeciese cuando la póliza estaba en vigor.



Las causas que motivan a jueces y administración a retirar los permisos de conducción de los conductores son:
- Perdida de los doce puntos de carnet, u 8 en el caso de los que poseen el mismo con una antigüedad inferior a tres años.
- Incurrir en una única infracción muy grave: tasas de alcohol muy elevadas, superar los 195 km/h en autovías.

Otras coberturas que nos ofrecen susodichas pólizas ofrecen pagar los gastos de matriculación en los cursos de recuperación de carnet, asistencia jurídica gratuita, traslado del vehículo conducido por el asegurado, protección de pagos...
Todo será cuestión de decidir cuál nos parece que ofrece mejores condiciones.

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